Ir al contenido
Primera Consulta Gratis*

+1 347-559-9212

Disponibles 24/7

La Nueva Amenaza al Asilo en EE. UU.: Traslados Forzosos a Terceros Países y lo que Necesitas Saber

Cambios en Asilo y Corte de Inmigración

La política de asilo en Estados Unidos ha entrado en una fase de intensa restricción. El actual Departamento de Seguridad Nacional (DHS) ha intensificado una campaña para anular miles de solicitudes de asilo pendientes en las cortes, implementando una táctica legal que busca cerrar casos antes de que el solicitante tenga la oportunidad de ser escuchado por un juez. Esta estrategia afecta directamente a miles de inmigrantes, muchos de ellos provenientes de América Latina y el Caribe.

La Campaña de “Mociones para Pretermitir”

El mecanismo central de esta nueva estrategia es la presentación masiva de “Mociones para Pretermitir las Aplicaciones de Protección del Demandado” (Motions to Pretermit the Respondent’s Protection Applications) por parte de los abogados del gobierno.

En términos sencillos, el gobierno busca que el juez de inmigración desestime su caso de asilo sin escuchar su testimonio o evaluar los méritos de su miedo a la persecución o al daño grave. Si se concede esta moción, se elimina la vía de asilo en EE. UU. y se abre la posibilidad de una deportación expedita o, crucialmente, el traslado a un tercer país.

Esta campaña se ha intensificado a nivel nacional, apuntando a solicitantes con casos pendientes en ciudades clave como Miami, Atlanta, Nueva York y Texas, y a menudo se presenta solo días antes de la audiencia final (audiencia de méritos) del solicitante.

El Fundamento Legal: Acuerdos de Tercer País Seguro

La base legal de estas mociones radica en los Acuerdos de Cooperación de Asilo (ACAs), también conocidos como acuerdos de “tercer país seguro”. La ley establece que un migrante es descalificado para solicitar asilo en EE. UU. si es elegible para buscar protección en otra nación socia que haya firmado un ACA.

El DHS está citando acuerdos existentes, en particular con Ecuador y Uganda, argumentando que los individuos cubiertos por estos pactos están legalmente impedidos de buscar protección en suelo estadounidense.

Esta interpretación se está aplicando a diversas nacionalidades, incluidas:

  • Cubanos: Esto marca un cambio significativo en el tratamiento histórico, ya que antes este grupo no se enfrentaba a barreras procesales de esta magnitud en sus casos de asilo.
  • Nicaragüenses, Venezolanos y Guatemaltecos: Estos grupos también están siendo directamente afectados por la aplicación de los acuerdos de traslado.

Un fallo reciente de la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) intensificó este esfuerzo, al dirigir a los jueces a considerar las mociones de traslado a terceros países antes de revisar las solicitudes de asilo. Además, esta decisión trasladó la carga de la prueba al solicitante, quien ahora debe demostrar por qué no debería ser enviado al tercer país.

El Acuerdo con Ecuador: Cuotas y Compromisos

El acuerdo de traslado con Ecuador, firmado en julio de 2025 y publicado en noviembre de 2025, permite a Estados Unidos proponer el traslado de nacionales de terceros países presentes en EE. UU. para que busquen protección allí.

Puntos clave del acuerdo:

  • Límite Anual: Ecuador tiene la discreción total para aceptar o rechazar las propuestas, pero ha propuesto recibir hasta un máximo de 300 solicitantes de asilo por año.
  • No Devolución (Non-refoulement): Ecuador se compromete expresamente a no devolver a ninguna persona trasladada a su país de origen o de residencia habitual anterior hasta que se haya emitido una resolución definitiva sobre su solicitud de protección.
  • Menores Excluidos: Estados Unidos acuerda explícitamente no trasladar menores no acompañados bajo este convenio.
  • Financiamiento: La implementación de este acuerdo está sujeta a la disponibilidad de fondos y capacidad técnica de cada parte, lo que significa que el texto no establece un compromiso explícito de financiamiento por parte de EE. UU. para cubrir los costos de atención y procesamiento de los solicitantes en Ecuador.

Implicaciones y Estrategias Urgentes

Si bien el gobierno argumenta que esta es una medida para abordar el abuso del sistema de asilo, los abogados consideran que es un intento de eliminar el debido proceso y coaccionar a los solicitantes a abandonar sus casos. La preocupación es alta, ya que los solicitantes pueden ser enviados a países como Ecuador o Uganda, donde no tienen lazos familiares, sociales ni culturales, y donde la capacidad del sistema de asilo para ofrecer protección efectiva puede ser limitada, dadas las inestabilidades económicas y de seguridad.

Esta nueva regla afecta principalmente a aquellos que ingresaron a EE. UU. después de noviembre de 2019.

Si usted está en riesgo de recibir una Moción para Pretermitir, debe actuar de inmediato:

  1. Representación Legal Inmediata: La ley de asilo es compleja y los plazos para responder a una moción son estrictos.
  2. Argumentar Excepciones: Usted debe demostrar que el Acuerdo de Cooperación de Asilo no aplica a su caso o que califica para una de las excepciones a la regla, por ejemplo, probando que enfrentaría persecución o un peligro grave si es enviado a un tercer país (como Ecuador o Uganda).
  3. Reforzar su Caso Original: Aunque el proceso sea atacado, el asilo sigue siendo posible para quienes califican. Reúna toda la documentación detallada sobre su temor a regresar (reportes, registros médicos, testimonios) y trabaje con su abogado para que su historia sea coherente y sólida.

¡Agenda tu consulta GRATIS!

Si tienes preguntas o necesitas más información sobre este artículo u otro tema migratorio, no dudes en contactarnos. ¡Un abogado especializado te brindará tu primera consulta completamente GRATIS!

ARTÍCULOS DE INTERÉS

¿Quieres ponerte en contacto con nosotros?

¡Permítenos asistirte! Con nuestra experiencia en leyes podemos lograr el éxito para tí.
CONSULTA GRATIS

Compartir

¡Reserve una Consulta Gratuita!

Estamos aquí para guiarlo hacia el éxito en todo su proceso de inmigración, ¡agende una cita GRATIS con uno de nuestros abogados!

Ir al contenido